ABOGADOS EN ACCION DE EXTINCION POR VOLUNTAD DEL TRABAJADOR Y DESPIDO

Tribunal Supremo Sala 4ª, S 11-7-2011, rec. 3334/2010 Pte: Gilolmo López, José Luis STS Sala 4ª de 11 julio 2011 STS Sala 4ª de 11 julio 2011Resuelve el recurso interpuesto contra STSJ Valencia Sala de lo Social de 24 junio 2010 (J2010/268564)

Resumen Desestima el TS el rec. de casación para la unificación de doctrina formulado por los trabajadores accionantes contra sentencia que apreció de oficio la falta de acción sobre resolución indemnizada de contratos por impago de salarios, al haberse extinguido la relación en virtud de un auto del Juzgado de lo Mercantil que, en el marco de un procedimiento concursal voluntario, así lo declaró con carácter colectivo y tras el acuerdo con los representantes de los trabajadores.

Señala la Sala que el éxito de la acción basada en el art. 50 ET exige que el contrato esté vivo en el momento de dictarse la sentencia, porque la sentencia tiene en estos supuestos carácter constitutivo y, de prosperar la acción, declara extinguido el contrato en la misma fecha en la que se dicta, y aunque sea posible ejercitar la acción resolutoria pese a que se haya iniciado un ERE que esté pendiente de decisión, lo verdaderamente cierto y relevante a los efectos que interesan no es sino que mal se puede declarar que un contrato se extingue desde la fecha de la sentencia y con derecho a determinada indemnización, si el mismo ya había fenecido anteriormente por mor de una legítima decisión administrativa y con otra indemnización.

Por lo expuesto, estamos ante la necesidad de reclamar contra el DESPIDO si lo consideramos porque la extinción voluntaria ha quedado sin efecto al ser extinguido el contrato por un despido posterior.

José Villanueva abogado – casesdedret – jose@casesdedret.com