abogados para caso de subsidio de mayores de 52 años en Valencia

Subsidio de desempleo para mayores de 52 años. Carencia de rentas. Unificación de doctrina
Se establece que el tope cuantitativo de ingresos legalmente previsto como requisito para lucrar el subsidio por desempleo para mayores de 52 años hace referencia, en exclusiva, al beneficiario que pretende el subsidio, sin que el cómputo del tope quede condicionado al número de miembros que integran la unidad familiar. Consecuentemente para tener derecho al subsidio es requisito ‘sine qua non’ que el solicitante carezca de rentas propias de cualquier naturaleza. Solamente cuando este requisito ha sido superado, es cuando pueden acreditarse cargas familiares. STS nº 770/2022 de 27 de Septiembre de 2022