DEFECTOS GRAVES EN ASCENSORES
Según la nueva ITC de ascensores RD 88/2013:
11.4.2 Defecto grave.
El que no supone un peligro inmediato para la seguridad de las
personas o las cosas, pero que puede serlo en el caso de un fallo de la
instalación o bien puede disminuir la capacidad de utilización de la
misma.
11.5.2.2 Si se encontrara algún defecto grave, el organismo de control
indicará en el certificado de inspección con resultado desfavorable que
deberá procederse a su corrección en el
plazo máximo de seis meses,
a partir de la fecha de la visita de inspección, transcurridos los cuales
volverá a realizar visita de inspección. Si la segunda inspección
volviera a dar resultado desfavorable, se calificará el defecto
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