El artículo 172 ter introduce el delito de acoso, que sanciona conductas acosadoras caracterizadas por la intromisión en la vida de otro que atentan contra la libertad de la persona afectando gravemente a su desarrollo de su vida cotidiana. Ha de valorarse positivamente la creación de este nuevo tipo que viene a colmar una laguna de impunidad que existe, pues muchas de esas conductas no podían ser sancionadas con los delitos de amenazas o coacciones, pese a alterar gravemente el desarrollo de la vida cotidiana de la víctima.
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