autorizaciones provisionales a locales del uso de elementos comunes – abogados valencia

~~Durante la Jornada sobre la Nueva Regulación de los acuerdos de la Junta de propietarios para Obras, organizado por el Consejo Andaluz de Colegios de Administradores de Fincas y el Instituto de Estudios Cajasol en Sevilla, el Magistrado D. Vicente Magro Servet también trató el tema de las autorizaciones provisionales a locales del uso de elementos comunes, a raíz de la sentencia del Tribunal Supremos del 20 de marzo de 2012.

Las comunidades suelen consentir las autorizaciones provisionales para llevar acabo cerramientos de sus locales aprovechando elementos comunes, sin saber que si dejan transcurrir un período estimado de 6 años sin que haya habido ningún documento que les recuerde que ese cerramiento es provisional y que se reserva la comunidad el derecho a recuperar la zona ocupada, podría más tarde considerarse inadmisible la reclamación del derribo del cerramiento al haberse aceptado el mismo.

La recomendación aportada por el Magistrado consistiría en que las comunidades de propietarios deben ser conscientes de que en estos casos deben documentar que estos cerramientos son provisionales y que se reserva la comunidad el derecho a instar el derribo y recuperación de la zona “cerrada”. Lo que se solicita de las comunidades que en un momento dado soliciten el derribo es una prueba de que no han consentido la perpetuación de la situación y de que esta era provisional.