la deducción en el IRPF por alquiler de vivienda a partir de 2015 – abogados fiscalistas valencia

~~La reforma fiscal de la Ley del Impuesto Sobre la Renta de las Personas Físicas tiene como mayor consecuencia el fin de la deducción en el IRPF por alquiler de vivienda para aquellos inquilinos cuyos contratos se firmen a partir del 1 de enero de 2015.

Los contratos realizados con anterioridad a esa fecha no se verán afectados por esta medida. Así, esos contribuyentes podrán deducirse el 10,05% del alquiler, establecido el 1 de enero de 2008, si su base imposible es inferior a 24.107,20 €/año, hasta un máximo de 9.040 €/año, sea cual sea su edad. Una deducción a nivel estatal, compatible con la desgravación que ofrecen casi todas las Comunidades Autónomas.

A partir del 1 de enero de 2015, los propietarios cuyos inquilinos tengan más de 30 años verán reducida la cantidad exenta en el IRPF por arrendamiento de vivienda del 60% al 50%. Si el arrendatario es menor de 30 años, la reducción pasará del 100% a la mitad, al eliminarse la diferenciación por edad en la deducción y empezar a aplicarse el 50% de cantidad exenta en el IRPF de manera general.