Despido colectivo ajustado a derecho

SOCIAL

STS 4ª Pleno, 20/07/2016, Rec. 323/2014. Ponente: Blasco Pellicer, D. Ángel Antonio. EDJ 2016/110881

Ilegalidad de cláusula concreta

Despido colectivo ajustado a derecho

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EDJ 2016/110881

El Pleno del TS señala que es posible declarar ajustado a derecho un despido colectivo sin perjuicio de que alguno de los acuerdos o cláusulas concretas del pacto del que trae causa pudiera ser declarado ilegal. Todo el contenido del acuerdo debe ser objeto de impugnación conjunta, lo que puede determinar que alguna de las condiciones del mismo sea calificada de forma independiente como no ajustada a derecho, manteniendo el carácter justificado del propio despido y del resto de condiciones incluidas en el pacto (FJ 10 y 12). Formula voto particular la Magistrada Excma. Sra. Dª Rosa María Virolés Piñol, al que se adhieren los Excmos. Sres. Magistrados D. Fernando Salinas Molina, Dª María Luisa Segoviano Astaburuaga y D. Jordi Agustí Juliá.