
07 Mar ¿Qué es la orfandad absoluta y cómo solicitar la pensión en España?
La orfandad absoluta es una situación que, aunque menos común, tiene importantes implicaciones legales y económicas en España. Se produce cuando un menor o joven queda completamente desamparado tras el fallecimiento de ambos progenitores o en casos excepcionales equiparables, como la ausencia legal de ambos o su incapacidad para ejercer la patria potestad. Desde nuestro despacho de abogados, Cases de Dret, queremos ofrecerte una guía completa sobre este tema y explicarte cómo se puede solicitar la pensión correspondiente en España.
¿Qué se entiende por orfandad absoluta según la legislación española?
La orfandad absoluta, tal y como se recoge en el marco normativo español, no solo incluye el fallecimiento de ambos progenitores, sino también situaciones donde el progenitor vivo está incapacitado para cumplir sus responsabilidades legales o no es localizable. Además, el Tribunal Supremo ha ampliado este concepto, como en la Sentencia nº 700/2022 de 7 de septiembre, donde se incluye el caso de desamparo prolongado y acreditado por parte del progenitor superviviente, lo que permite equiparar esta situación a la orfandad absoluta.
En estos casos, el beneficiario puede acceder a una pensión que busca garantizar su protección económica hasta alcanzar cierta edad o situación, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por la Seguridad Social. Si tienes dudas sobre estos requisitos o necesitas orientación, puedes consultar con nuestros especialistas en derecho de familia, quienes te ayudarán a resolver cualquier cuestión legal relacionada.
Requisitos para acceder a la pensión por orfandad absoluta
Para solicitar esta pensión, es imprescindible que se cumplan ciertos criterios. Estos son los principales:
- Fallecimiento de ambos progenitores: O la equiparación legal a esta situación, según lo estipulado por la normativa y jurisprudencia.
- Edad del solicitante: Generalmente, menores de 21 años. Este límite se extiende hasta los 25 años si el beneficiario no tiene ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) o si está cursando estudios.
- Condición económica: En casos de ingresos, estos no deben superar el SMI en cómputo anual.
- Discapacidad: Si el beneficiario tiene una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, no se aplican límites de edad.
Documentación necesaria para la solicitud
Para presentar la solicitud de la pensión de orfandad absoluta, es necesario aportar ciertos documentos. A continuación, te detallamos los más importantes:
- Documento de identidad: DNI o NIE del beneficiario. En caso de ser menor de edad, también se requerirá el DNI del representante legal.
- Certificado de defunción: De ambos progenitores o documentación que acredite la equiparación a la orfandad absoluta.
- Libro de familia: O en su defecto, certificados de nacimiento que acrediten la relación filial.
- Justificación de ingresos: Para demostrar que no se superan los límites económicos establecidos.
- Certificado de estudios: En el caso de beneficiarios que cursen formación y tengan entre 21 y 25 años.
- Resolución judicial: En situaciones excepcionales como incapacidad del progenitor superviviente.
Cómo solicitar la pensión por orfandad absoluta
El trámite para acceder a esta prestación puede realizarse a través de varias vías. Desde nuestro despacho, recomendamos las siguientes opciones:
- Sede Electrónica de la Seguridad Social: Puedes realizar la solicitud de manera online utilizando un certificado digital o Cl@ve PIN.
- Por correo postal: Enviando la solicitud y documentación requerida a la dirección correspondiente del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
- Presencialmente: Acudiendo a los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) o, en el caso de trabajadores del mar, a las delegaciones del Instituto Social de la Marina. Si enfrentas complicaciones legales durante este proceso, nuestros abogados expertos en derecho civil están disponibles para asesorarte en cada paso.
Plazos y retroactividad
Es importante tener en cuenta los plazos para presentar la solicitud:
- Si se realiza dentro de los tres meses posteriores al fallecimiento, la pensión se abonará desde el día siguiente al hecho causante.
- Si se presenta fuera de este plazo, solo se podrá reconocer una retroactividad máxima de tres meses desde la fecha de solicitud.
¿Cuál es el importe de la pensión por orfandad absoluta?
La cuantía de la pensión por orfandad absoluta se calcula generalmente como un porcentaje de la base reguladora del progenitor fallecido. En los casos habituales, el porcentaje es del 20%, aunque puede incrementarse en determinadas circunstancias, como:
- Cuando no hay beneficiarios de una pensión de viudedad, la pensión de orfandad puede alcanzar hasta el 52% de la base reguladora.
- Si el progenitor sobreviviente fallece siendo beneficiario de una pensión de viudedad, el porcentaje de la pensión de orfandad puede aumentar sumando el porcentaje no utilizado de la pensión de viudedad extinguida.
- En casos de accidente laboral o enfermedad profesional, se otorga una indemnización adicional equivalente a una mensualidad de la base reguladora.
Cuantías mínimas y máximas
Situación | Cuantía mensual | Cuantía anual |
---|---|---|
Beneficiario menor de 18 años o con discapacidad superior al 65% | 525,80 € | 7.361,20 € |
Orfandad absoluta con un solo beneficiario | 930 € | 13.020 € |
Orfandad absoluta con varios beneficiarios | 267,50 € + 662,50 €/N | 3.745 € + 9.275 €/N |
Extinción de la pensión de orfandad absoluta
La prestación se extinguirá en los siguientes casos:
- Al alcanzar la edad máxima establecida (21 o 25 años, dependiendo del caso).
- Si cesa la incapacidad que daba derecho a la pensión.
- Por adopción del beneficiario.
- Por contraer matrimonio, salvo en casos de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Por fallecimiento del beneficiario.
Desde Cases de Dret, entendemos que este tipo de trámites puede resultar complejo. Por ello, estamos aquí para ayudarte a resolver cualquier duda legal que tengas sobre la orfandad absoluta y la solicitud de la pensión correspondiente.
Preguntas frecuentes
Además del fallecimiento de ambos progenitores, se considera orfandad absoluta en casos donde el progenitor superviviente esté incapacitado para ejercer la patria potestad, no sea localizable o exista un desamparo prolongado y acreditado según lo dictado por la jurisprudencia española.
Si la solicitud se presenta después de los tres meses posteriores al fallecimiento de los progenitores, la pensión solo será retroactiva por un máximo de tres meses desde la fecha de presentación de la solicitud.
La cuantía se basa en un porcentaje de la base reguladora del progenitor fallecido. Generalmente, el porcentaje es del 20%, pero puede incrementarse en casos específicos, como cuando no hay beneficiarios de una pensión de viudedad o en situaciones derivadas de accidentes laborales o enfermedades profesionales.
La pensión se extingue al alcanzar la edad máxima permitida (21 o 25 años, según el caso), si cesa la incapacidad que daba derecho a la pensión, por adopción, por matrimonio (salvo en casos de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez) o por fallecimiento del beneficiario.