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Derecho laboral

¿Cómo hacer reclamaciones de salarios y entender los salarios de trámite?

José Villanueva Castillo José Villanueva Castillo 5 min de lectura
¿Cómo hacer reclamaciones de salarios y entender los salarios de trámite?

En el despacho de abogados Cases de Dret entendemos que los conflictos laborales relacionados con el pago de salarios pueden generar una gran incertidumbre para los trabajadores. Por ello, queremos ofrecerte una guía completa y detallada sobre cómo proceder en caso de impago de salarios y cómo entender los salarios de trámite en los juicios por despido. Nuestro objetivo es proporcionarte toda la información legal necesaria para que puedas reclamar lo que te corresponde.

Reclamación de salarios: ¿qué debes saber?

Una reclamación de salarios ocurre cuando el empresario incumple con su obligación de abonar al trabajador las cantidades que le corresponden según su contrato laboral o convenio colectivo. Esta situación puede darse por varios motivos: el impago de nóminas, errores en el cálculo de pluses, o incluso discrepancias en el pago de horas extraordinarias.

Plazo de prescripción para reclamar salarios

El artículo 59.1 del Estatuto de los Trabajadores establece un plazo de prescripción de un año para reclamar cantidades adeudadas. Este plazo comienza a contar desde el momento en que debió haberse recibido el salario o la cantidad específica. Sin embargo, si el trabajador realiza una reclamación formal, como la presentación de una papeleta de conciliación, el plazo se interrumpe y vuelve a contarse desde cero.

Es importante recalcar que cada nómina impagada tiene su propio plazo de prescripción. Por ejemplo, si un trabajador reclama varias nóminas impagadas, aquellas que superen el año sin haber sido reclamadas ya no podrán exigirse legalmente. En estos casos, es fundamental contar con el respaldo de expertos abogados laboralistas para garantizar que la reclamación cumpla con los plazos legales.

Interés de demora

El artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores garantiza al trabajador el derecho a percibir un interés por mora del 10% sobre las cantidades adeudadas. Este interés se aplica tanto si la reclamación se realiza por vía extrajudicial como judicial.

¿Cómo iniciar una reclamación de salarios?

Existen dos vías principales para reclamar los salarios adeudados: la extrajudicial y la judicial. Ambas opciones requieren un enfoque adecuado para garantizar el éxito de la reclamación.

1. Reclamación extrajudicial

El primer paso es presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) de tu Comunidad Autónoma. Este trámite es obligatorio antes de acudir a los tribunales.

La papeleta de conciliación es un documento en el que el trabajador expone los motivos de su reclamación y solicita una reunión con la empresa para intentar resolver el conflicto de manera amistosa. Es fundamental que este documento esté bien redactado, ya que una mala argumentación podría perjudicar la reclamación en caso de llegar a juicio. Por ello, es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado en despidos, quien podrá guiarte en este proceso.

En el acto de conciliación, las partes se reúnen con un mediador. Pueden darse tres resultados:

  • Que la empresa no comparezca, lo que habilitará al trabajador para iniciar la vía judicial.
  • Que no se llegue a un acuerdo, abriendo también la puerta al juicio.
  • Que se alcance un acuerdo, resolviendo el conflicto sin necesidad de acudir a los tribunales.

2. Reclamación judicial

Si la conciliación no tiene éxito, el trabajador puede presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social. Según la cuantía y la naturaleza de la reclamación, el proceso puede seguir dos vías:

  • Procedimiento ordinario: Aplicable a la mayoría de las reclamaciones laborales y regulado en los artículos 76 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social (LRJS).
  • Procedimiento monitorio: Diseñado para reclamaciones de cantidades vencidas, exigibles y de cuantía determinada que no excedan de 6.000 euros. Es un proceso más rápido que busca agilizar el cobro de deudas salariales.

Documentación necesaria

Para una reclamación judicial, deberás presentar los siguientes documentos:

  • Copia de las nóminas impagadas o documentación que acredite la deuda.
  • Copia de la papeleta de conciliación y del acta del acto de conciliación, en caso de haberse realizado.
  • Contrato de trabajo y convenio colectivo aplicable.
  • Cualquier comunicación entre el trabajador y la empresa que evidencie el impago.

Salarios de trámite en juicios por despido

Los salarios de trámite son las cantidades que debe abonar el empresario al trabajador despedido cuando una sentencia declara el despido como improcedente y el empresario opta por la readmisión del trabajador. Estos salarios corresponden al periodo comprendido entre la fecha del despido y la notificación de la sentencia.

¿Cuándo se puede reclamar al Estado los salarios de trámite?

En algunos casos, el Estado asume la responsabilidad del pago de los salarios de trámite, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

  • Que hayan transcurrido más de 90 días hábiles desde la presentación de la demanda de despido hasta la sentencia que declare su improcedencia.
  • Que la sentencia sea firme.
  • Que no haya transcurrido más de un año desde la firmeza de la sentencia para presentar la reclamación.

Procedimiento para reclamar al Estado

El trámite se realiza ante las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno, que instruyen el expediente y emiten una propuesta de resolución. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia es la encargada de resolver y, en su caso, abonar los salarios de trámite.

Los documentos necesarios incluyen:

  • Copia de la demanda de despido y de la sentencia que declare su improcedencia.
  • Certificación del órgano judicial con la cronología del procedimiento.
  • Documentación que acredite el pago de los salarios al trabajador.
  • Informe de vida laboral del trabajador.

Plazos y resolución

La Delegación o Subdelegación del Gobierno tiene un plazo de 15 días para emitir una propuesta de resolución. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia debe resolver en el plazo de un mes desde la recepción de la propuesta. Si no se pronuncia en este tiempo, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.

En el despacho Cases de Dret estamos comprometidos a defender tus derechos laborales. Si necesitas asesoramiento especializado para reclamar salarios o salarios de trámite, no dudes en consultarnos. Nuestro equipo de asesoría laboral está aquí para ayudarte a resolver cualquier conflicto laboral de manera eficiente y profesional.

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