Rotura de tuberia antes de la llave de paso a la vivienda

AP Segovia s. 25 de febrero de 2010. relacionada con la AP Valencia , sección 6ª 1 de marzo de 2002.

En el caso analizado se trata de un tramo averiado posterior a la tubería general y antes de la llave de paso correspondiente a la vivienda.

Para analizar el caso se tiene en cuenta el art. 396 del CC Y el art. 3 de la LPH. la resolución concluye que » .. no cabe duda que al titular de una vivienda o local solo le es útil y tiene plena disponibilidad, sobre el agua que supera ese limite de paso que le permite el acceso a su inmueble, que es la única que efectivamente puede utilizar, por lo que ninguna obligación puede imponersele de mantener en perfecto estadado la tuberia hasta la llave de paso, debiendo ser considerado ese tramo como comun, por ser necesario para el adecuado uso y disfrute del inmueble.

Jose Villanueva Castillo
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