EL ARRENDAMIENTO CON OPCION DE COMPRA

Las STS de 6 de julio de 2001 y 3 de abril de 2006, integran la opcion de compra como un pacto dentro del arrendamiento, otorgando al arrendatario la facultad de consentir en un plazo el objeto del arriendo.

El art 14 RH – DL 1947/13- Pemite la inscripcion de la opcion de compra en el Registro con las siguientes características:

1) Convenio expreso de las partes para que se inscriba. 2) Precio estipulado para la adquisicion de la finca 3) Plazo para el ejercicio de la opción que no podrá exceder de 4 años.

En el arriendo con opción de compra la duración de la opción podrá alcanzar la totalidad del plazo de aquél, pero caducará necesariamente en caso de prórroga, tácita o legal, del contrato de arrendamiento. la STS de 3 de abril de 2006 y 29 de septiembre de 1993, obliga al concedente o promitente a no vender a nadie y mantener disponible la cosa durante el plazo estipulado por si el optante ejerciera su derecho y perfeccionara el contrato de compravente conforme a los arts. 1445 y ss del C.C

. José Fco. Villanueva

Cases de dret 963392525