30 Nov abogado especialista en teletrabajo en Valencia. Trabajo a distancia. Compensación de gastos. Cláusula contractual nula
Se declara la nulidad de las cláusulas del acuerdo individual de prestación laboral en teletrabajo que establecen que en el caso que la persona trabajadora deba acudir al centro de trabajo en los días en teletrabajo, estos días no podrán ser sustituidos, desplazados ni acumulados; y que las partes consideran que la persona trabajadora no incurrirá en gasto alguno por el hecho de prestar servicios en teletrabajo y que, de incurrir, éstos se ven plenamente compensados por los ahorros que esta modalidad laboral facilita. Infracción de los arts. 7 y 8 de la Ley de Trabajo a Distancia. SAN nº 144/2022 de 10 de Noviembre de 2022.