DERECHOS DE UN MINUSVALIDO PARA OBLIGAR A INSTALAR UN ASCENSOR EN UNA FINCA

SP/ CONS/ 80389 Con la Reforma de la ley 26/2011, se ha modificado el art. 10 de la LPH, el importe máximo que puede permitir exigir la supresión de barreras arquitectónicas que antes era de 3 mensualidades ordinarias, y ahora se ha ampliado a doce. Esta nomativa no se aplica cuando la unidad familiar tenga ingresos inferiores a 2.5 del IPREM, salvo que esta pueda tener acceso a subvenciones o ayudas públicas.

El TS ha venido a decir que pese esta limitación en el caso del ascensor el acuerdo mayoritario obliga a todos incluso los disidentes al considerar que es una inversión que revaloriza el valor de cada entidad. ( TS 21/10/2008 Y 18/12/2008 )

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