pensiones no contributivas- solicitud abogado valencia-

Los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes

REQUISITOS:

1.- CARECER DE INGRESOS SUFICIENTES Existe carencia, cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual, sean inferiores a 5.136,60 euros anuales. No obstante, si son inferiores a 5.136,60 euros anuales, y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia sean inferiores a las cuantías que se recogen en el siguiente cuadro: Nº CONVIVIENTES EUROS/AÑO a) Convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado 2 8.732,22 3 12.327,84 4 15.923,46 … …. b) Si entre los parientes 2 21.830,55 consanguíneos con los que convive se 3 30.819,60 encuentra alguno de sus padres o hijos 4 39.808,65 … …….

2.- Y DE ACUERDO CON EL TIPO DE PENSIÓN JUBILACIÓN: • EDAD.- Tener 65 o más años. • RESIDENCIA.- Residir en territorio español, y haberlo hecho durante 10 años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los 16 años y la de devengo de la pensión, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. INVALIDEZ: • EDAD.- Tener 18 años o más y menos de 65. • RESIDENCIA.- Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de 5 años, de los cuales 2 han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. • DISCAPACIDAD.- Grado igual o superior al 65%.

Jose Villanueva

963392525