Responsabilidad de una Mutua respecto de prestaciones por enfermedad profesional – RECLAMACION PREVIA –

 

 
ROJ: STS 3047/2016 – ECLI:ES:TS:2016:3047
Nº Sentencia: 488/2016
Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Social
Municipio: Madrid — Sección: 1
Ponente: MARIA LOURDES ARASTEY SAHUN
Nº Recurso: 577/2015 — Fecha: 07/06/2016
Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Procedimiento social. Responsabilidad de una Mutua respecto de prestaciones por enfermedad profesional: la ausencia de reclamación previa en el plazo legal obsta para que la Mutua reinicie el procedimiento con ulterior reclamación. La previsión del art. 71 LRJS (exclusiva caducidad del expediente quedando intacto el derecho sustantivo) únicamente se refiere al reconocimiento/denegación de prestaciones y a las personas individuales interesadas, no a las entidades colaboradoras y a reclamaciones por imputación de responsabilidad. Reitera doctrina STS/4ª/Plen o 15 junio 2015 (rcud. 2766/2014 y 2648/2014) -seguida por otras posteriores-. Ello implica la desestimación de la pretensión de la Mutua de reintegro del capital coste constituido